Es para que las firmas más chicas se pongan al día con deudas con las ART.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) estableció un beneficio “excepcional y específico” para que las micro, pequeñas o medianas empresas (PyMEs) puedan regularizar las deudas relacionadas con el régimen de Riesgos del Trabajo.
La iniciativa, establecida mediante la Resolución Nº 11/2020, forma parte de una serie de acciones promovidas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
“El objetivo perseguido con el dictado de esta resolución es la conformación de un procedimiento razonable, que facilite a los empleadores el cumplimiento voluntario de sus obligaciones”, explicó Marcelo Domínguez, gerente general de la SRT.
El funcionario señaló que para hacer frente a la crítica situación económica que afecta particularmente a este sector “es necesario instrumentar un plan de pagos específico y excepcional que otorgue una mayor flexibilidad a las pymes para que estas puedan adherir a un régimen de pago de sus obligaciones impagas” y que además, permita refinanciar “planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos”.
La norma, publicada en el Boletín oficial, ofrece facilidades a estas empresas en el marco de la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva Nº 27.541, que declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
La Resolución contempla un plan de pagos con beneficios impositivos, por medio del cual las PyMEs puedan regularizar su situación con el Fondo de Garantía en concepto de cuota omitida, multas y recargos.
«Para incorporarse al régimen deberán encontrarse inscriptos y acreditarlo con el Certificado MIPYME, según los términos de la Ley N° 24.467, y cumplir con el requisito de estar afiliado a una ART o estar autoasegurado. En el caso que carezca de personal en relación de dependencia, deberá tener acreditada esa situación ante la AFIP.
Los instrumentos que se implementarán son:
* Para la tasa de interés por financiamiento de multa, del 3% mensual luego de 12 meses, aplicará la variable BADLAR utilizable por los bancos privados.
* El vencimiento de la primera cuota de quienes adhieran al plan de pago será el 20 de julio de 2020.
* Ampliación del monto de caducidad a una deuda equivalente al valor de seis (6) cuotas.
* Se suspenderán las acciones judiciales vigentes a los que hayan adherido a un plan de pagos.
* Se levantarán las medidas cautelares que se hayan trabado por consecuencia de la gestión judicial y se suspenderán nuevas cautelares hasta el 30 de abril de 2020.
La adhesión a este régimen podrá efectuarse desde el 21 de enero y hasta el 30 de abril de 2020.
Fuente: https://www.clarin.com/economia/economia/riesgos-trabajo-impulsan-beneficios-pymes_0_sB8gyZVi.html